¿Qué tienes que saber antes de empezar a opositar?
Vida opositora
¡Hola luducompi! ¿Nuevo por aquí? Ahhh… a ti también te ha picado el gusanillo de las oposiciones, ¿verdad? Es que la oferta de empleo público de este año es enorme, y así, ¿quién dice que no a unas oposiciones?
Pues nada, tú tranquilo, que nosotros ten ponemos al día en seguida y te contamos todo lo que tienes que saber antes de convertirte en opositor.
Oferta vs. convocatoria
Empecemos por algo muy básico pero importantísimo: no es lo mismo oferta de empleo público que convocatoria de oposiciones.
La oferta de empleo público (OEP) es un documento que recoge todas las plazas que las Administraciones públicas necesitan cubrir en un periodo de tiempo (generalmente un año).
Las convocatorias fijan el comienzo de las pruebas que se van a realizar para cubrir las plazas anunciadas en la oferta.
En algunas ocasiones sucede que se agrupan varias ofertas en una convocatoria para reducir el número de pruebas, sobre todo si se trata de pequeños organismos, como por ejemplo Ayuntamientos.
Tanto una como otra deben ser publicados en Boletines Oficiales, ya sean del Estado, Autonómicos, o locales (en este caso pueden ser Diarios); todo dependerá del organismo que publique y posteriormente convoque.
Generalmente, la Oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado, es la que da el pistoletazo de salida. Es habitual que se publique en el Boletín Oficial del Estado.
A partir de ahí se irán sucediendo otras OEP’s más pequeñas, normalmente de Comunidades Autónomas, Servicios de Salud, Ministerios, etc.
En la publicación de las convocatorias se indican las bases (normas que van a dictar el proceso), requisitos, temario, plazos, tasas de examen, etc.
Sobre esto, ten en cuenta que la solicitud se suele presentar de forma electrónica, que hay que pagar para poder hacer el examen (el precio de las tasas dependerá de la oposición que se trate), y que suelen darse de plazo, unos 20 días para echarla.
¡Ojo!
Los días, en la Administración, suelen venir marcados como hábiles (todos los días salvo fines de semana y festivos) o inhábiles (fines de semana y festivos).
Los procesos selectivos
Aunque normalmente se hable de oposiciones, el realidad se trata de procesos selectivos y tenemos que diferenciar entre cuatro tipos:
- Oposición libre: este proceso se basa únicamente en la realización de pruebas objetivas (exámenes, supuestos prácticos, etc.). La puntuación obtenida determinará el aprobado o suspenso, el puesto del aspirante en una posible lista, e incluso si consigue plaza.
- Concurso: son procesos que se usan, sobre todo, para la promoción interna de trabajadores, o para la estabilización de empleo (interinos que pasan a ser personal fijo). Tan sólo se tienen en cuenta méritos, como por ejemplo la formación o la experiencia laboral.
- Concurso – oposición: es un proceso con dos fases, donde la nota depende de los dos anteriores, es decir, de que el opositor supere las pruebas de la oposición, y de cuántos puntos tengan en la fase de concurso.
- Bolsa de empleo: básicamente es un proceso de concurso libre, o dicho de otra forma, un organismo crea una lista de aspirantes que cumplen los requisitos para desempeñar un cargo determinado. Según los puntos, los interesados se ordenarán por orden de nota y pueden ser llamados para trabajar.
Si el proceso que te interesa es una oposición, las pruebas pueden ser exámenes de desarrollo, tipo test, supuestos prácticos, psicotécnicos (ejercicios psicológicos que miden ciertas habilidades), e incluso pruebas de ofimática y mecanografía con ordenadores.
Éstas se harán en función al temario que se publique en la convocatoria. Su tamaño dependerá del Cuerpo y Escala al que aspires. Igualmente, lo que cobres cuando apruebes, también irá en función de ellos.
Puedes ver los diferentes grupos en ESTE POST
Si apruebo… ¿qué voy a ser?
En este apartado hay que hablar de dos temas.
El primero, es que debes saber que el hecho de aprobar una oposición no siempre te da derecho a obtener una plaza. Ten en cuenta que son muchos los aspirantes que se presentan.
Sin embargo, el aprobado si te abre las puertas a ser personal interino y poder aspirar a procesos de estabilización de empleo, y a otros de concurso – oposición.
En segundo lugar, debemos hacer una diferenciación muy básica de los tipos de trabajadores públicos:
- Personal funcionario de carrera: obtienen una plaza fija, mediante nombramiento, y desempeñan sus actividades de forma permanente. Pueden pertenecer a Cuerpos Generales o Cuerpos Especiales.
- Personal funcionario interino: ocupan un puesto idéntico al anterior, pero no tienen permanencia. Esto implica que en cuanto a beneficios y privilegios, el personal interino tenga algunos menos.
- Personal funcionario eventual: se designan de forma libre y por el responsable interesado en su contratación. No pasan por un proceso selectivo. Son puestos de duración limitada.
- Personal laboral: a diferencia del personal funcionario de carrera, el personal laboral si está comprometido mediante contrato de trabajo indefinido o temporal en sus distintas modalidades.
¿Qué y cómo estudiar?
Lo principal en una oposición es que sepas a qué te enfrentas, y seas consciente del tiempo que tienes para trabajarlo. En otras palabras, que tengas una buena organización y planificación del estudio.
Normalmente todas las oposiciones incluyen varios temas dedicados a la legislación, y algunos menos que se centran más en aspectos teóricos y prácticos.
Por eso, nuestro consejo para los más principiantes es un buen equilibrio entre el uso de un temario comprado en una editorial o academia de confianza, ampliado con la legislación pertinente y ciertas herramientas que ayuden a comprender y memorizar lo que se estudia.
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