Cómo se elaboran las leyes según la Constitución Española

Si nos dices que te preparas oposiciones y aún no has pasado por esta parte de la Constitución, ¡no te creemos 🤯! Y es que el proceso de elaboración de las leyes, en la Constitución Española, es uno de los temas que todo opositor debe conocer “al dedillo”.

De todas formas, si esta parte se te ha resistido o te ha dado tanta pereza que has decidido seguir adelante sin ella, no te apures. Ya estamos aquí para que la retomes y te la aprendas casi sin darte cuenta.

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La iniciativa

La iniciativa legislativa se encuentra regulada en el artículo 87 de la CE.

Ésta puede iniciarse por tres vías:

  • Por el Gobierno, el Congreso, y el Senado, según lo establecido en la Constitución y lo reglamentado en las Cámaras.
  • Desde las Asambleas de las CC.AA., en cuyo caso se solicitará la adopción del proyecto de ley al Gobierno.
  • Por parte de los ciudadanos. Este proceso se conoce como iniciativa legislativa popular. Para llevarla a cabo habrá que seguir las pautas recogidas en la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular. Se requerirán no menos de 500.000 firmas acreditadas, y no procederá esta iniciativa si se trata de materias reguladas en leyes orgánicas, al igual que si son materias tributarias o de carácter internacional.

El proyecto de ley

Está regulado en el artículo 88 de la CE.

Estos proyectos se aprueban en el Consejo de Ministros. Se someterán al Congreso de los Diputados con una exposición de motivos y los antecedentes necesarios.

La proposición de ley

Desarrollada en el artículo 89 de la Constitución, donde se expone que su regulación se rige por los Reglamentos de las Cámaras.

Las proposiciones que sean consideradas en el Senado, se remiten al Congreso.

La tramitación

En el artículo 90 de la CE se regula la tramitación de las leyes.

En un primer momento, los textos pasan por el Congreso. Una vez aprobados, su Presidente dará cuenta al Presidente del Senado.

En el Senado, el texto se somete a deliberación. El día que se recibe el texto, comienza el plazo máximo de dos meses que no debe excederse para tramitar el proyecto.

La sanción

En el artículo 91 de la CE se estipula que la sanción de una ley corresponde al Rey, para lo que tendrá un plazo de 15 días desde que se apruebe por las Cortes Generales.

Una vez sancionadas, se promulgarán, y se ordenará su publicación.

El referéndum

Se desarrolla en el artículo 92 de la Constitución.

Este acto se reserva a las decisiones políticas de especial trascendencia, que podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.

El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.

¡Ey! ¡Estás aquí! ¡Te quedaste hasta el final 🤗!

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