Equivalencias al título de la ESO. ¿A qué oposiciones puedo presentarme?

El sistema educativo español está en constante cambio, y esto provoca que los títulos que obtenemos al finalizar los estudios, no siempre tengan la misma denominación.

Para que esto no sea un impedimento al acceder a otras etapas educativas o al mercado laboral, suelen establecerse equivalencias entre unos y otros títulos.

Hoy nos centraremos en las equivalencias del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado en ESO).

En nuestro blog, tienes disponible un post sobre las equivalencias al título de Bachillerato

Equivalencia académica o laboral

En su momento, al hablar sobre las equivalencias al título de Bachillerato, especificamos que no es lo mismo una equivalencia académica, que una laboral.

Académicamente es necesario contar con determinados conocimientos para poder acceder a niveles educativos superiores. Profesionalmente basta con que se puedan desempeñar ciertas destrezas, que pueden adquirirse sin haber obtenido un título “al completo”. En otras palabras, laboralmente importan más las capacidades de las personas.

La Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, es la encargada de establecer las equivalencias de los títulos de graduado en ESO y Bachillerato. Descárgala AQUÍ.

Equivalencia a efectos laborales y profesionales

En el caso de las oposiciones tenemos que centrarnos en las equivalencias a efectos laborales y profesionales.

En este caso, encontramos las que siguen:

Equivalencia mediante títulos

Las siguientes equivalencias puedes consultarse en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional:

  • Título de graduado en educación secundaria establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
  • Títulos profesionales básicos.
  • Título de Graduado Escolar de la Ley 14/1970, de 4 de agosto.
  • Cualquier Título de Bachiller Elemental derivado de los planes de estudios anteriores a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, o en su defecto la superación de:
    • Cuatro cursos completos de Bachillerato por cualquiera de los planes de estudios anteriores a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, sin pruebas de conjunto o reválida.
    • Cinco años de Bachillerato Técnico o Laboral, sin pruebas de conjunto o sin reválida.
    • Cuatro cursos completos de Humanidades de la carrera eclesiástica.

Equivalencia mediante pruebas de acceso superadas

  • La superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Equivalencia mediante acreditaciones

  • Acreditación de haber reunido en su día los requisitos para la obtención del Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/07/1945 de Educación Primaria y de la Ley 21/12/1965 de Reforma de la Educación Primaria.
  • Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/07/1945 y de la Ley 21/12/1965.
  • Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 21/12/1965 de Reforma de la Educación Primaria.

Equivalencia mediante pruebas de acceso superadas + acreditación

En algunas ocasiones, la superación de pruebas de acceso no dan lugar a una equivalencia de titulación, si no se le añade una acreditación complementaria.

En otras palabras, será necesario haber superado una de estas pruebas de acceso, y presentar alguna de las acreditaciones siguientes, para que considere que el interesado tiene el título de la GESO:

Prueba de acceso superada

  • De enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio o superior.
  • De formación profesional de grado medio o superior.
  • De enseñanzas deportivas de grado medio o superior.
  • De enseñanzas artísticas superiores para mayores de 19 años.

Acreditaciones

Las admitidas son:

  • Haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria
  • Haber cursado el ciclo formativo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo formativo
  • Haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesiones cuya duración constituya al menos la tercera parte de a duración total del ciclo formativo
  • Haber superado al menos 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
  • Acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse al tercer curso de la ESO
  • Haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas.

No tengo una equivalencia, ¿qué puedo hacer?

No desesperes, porque siempre puedes obtener el título de GESO a través de las pruebas libres convocadas anualmente, o mediante el acceso a la educación secundaria de adultos.

Como ves, son muchas las opciones que tienes para poder presentarte a una oposición con el título de la GESO o una equivalencia.

Eso sí, si ahora tu duda es a qué oposición optar, siempre puedes visitar nuestro post dedicado a este tema:

¿A qué oposiciones puedo optar con el título de la ESO?

¡Hasta la próxima semana!

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