Tipos de empleados públicos
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Esta semana nos lanzamos a la piscina abarcando un tema similar al de “no, no todos los procesos selectivos son oposiciones”.
Y es que no, no todos los que aprobáis un proceso selectivo vais a ser personal funcionario.
¡Ey! ¿Sigues ahí? ¡Respira! Todo esto tiene una explicación. ¡Te lo cuento ahora mismo!
¿Por qué no todos somos funcionarios?
Como todo en el mundo de las oposiciones, la categoría de empleado público que adquieras dependerá del tipo de proceso selectivo, el ámbito laboral, el grupo y/o escala profesional, y por supuesto, la legislación que ampare todo lo anterior.
Es cierto que un porcentaje muy alto de los procesos selectivos desembocan en la adquisición de estatus de funcionario, sin embargo, existen otros tipos de empleados públicos menos conocidos pero que gozan del mismo reconocimiento que los anteriores. Veámoslos todos a continuación.
Personal funcionario
Como veníamos diciendo, el personal funcionario es el tipo de empleado público que más se conoce. Además, son muchas las oposiciones que dan lugar a este tipo de empleado; si cabe, más que al resto.
Dentro de este grupo podemos encontrar dos tipos de funcionarios:
Funcionario de carrera
Son aquellos que tras haber aprobado una oposición se someten (habitualmente) a un periodo práctico, y de forma obligatoria, a un nombramiento por parte de la Administración Pública. En este nombramiento, publicado en el Boletín Oficial del Estado, se les habilita como tal.
Su puesto, pasado dicho periodo de formación o práctico (en caso de existir), es indefinido, pero puede ocurrir que su destino no lo sea.
Muchos funcionarios de carrera esperan años hasta que se les asigna su lugar de trabajo de forma definitiva.
En lo que se refiere a los cuerpos y escalas a los que acceder, estos abarcan desde el Grupo A, hasta el C. Todos ellos ya los analizamos en anteriores post.
Funcionario interino
Son empleados que tras seguir los mismos pasos que los funcionarios de carrera, no han conseguido obtener un puesto indefinido.
Por este motivo, los funcionarios interinos suele estar en puestos que, en realidad, están destinados al personal funcionario de carrera, pero que por determinadas cuestiones no están siendo ocupados. En estos casos, normalmente respetando el orden de la calificación obtenida en la prueba de acceso, se realizan llamamientos al personal interino.
Lo habitual es que cualquier funcionario de carrera haya pasado previamente por varios periodos de interinidad. Estos aumentan las puntuaciones en los baremos de los aspirantes y dotan de experiencia previa en el trabajo.
Personal laboral
El personal laboral constituye otro de los tipos de empleado público en nuestro país.
Se trata de aspirantes que, tras superar un proceso selectivo concreto, pueden ser contratados por las diferentes Administraciones Públicas.
Dicho contrato podrá ser fijo, indefinido, o temporal, dependiendo de las condiciones del proceso selectivo.
Personal eventual
El personal eventual es un gran desconocido en el mundo de las oposiciones, ya que por su denominación a veces es confundido con funcionarios interinos, o cualquier otro tipo de personal temporal.
Sin embargo, aunque es cierto que su nombre se debe a que el puesto ocupado siempre va a ser temporal, la forma de llegar ahí no tiene nada que ver con las anteriores.
Así, el personal eventual desempeña trabajos como “persona de confianza”. Normalmente están relacionados con el asesoramiento en ámbitos laborales muy concretos, y siempre son puestos que no están reservados a personal funcionario.
De esta forma, cuando la persona que los ha nombrado cesa en su cargo, el personal eventual también lo hace en el suyo.
Personal estatutario
Junto con el personal funcionario suele ser uno de los más habituales. Y es que esta categoría de empleado público es la que predomina por excelencia en todas las oposiciones de la rama sanitaria.
Las características de los puestos estatutarios son muy similares a la de los funcionarios de carrera. Sin embargo, dada la especialidad de los puestos desempeñados, estos empleados se rigen por un Estatuto concreto y por tanto, por condiciones algo diferentes a las de los demás.
A pesar de esto, aquellos aspirantes que quieran hacer carrera en los servicios de salud tendrán que pasar igualmente por un proceso selectivo (generalmente concurso – oposición), y también de forma idéntica, podrán ocupar puestos fijos o temporales. Éstos, se determinarán de la misma manera que aquellos destinados a funcionarios de carrera o funcionarios interinos.