¿Cómo son las evaluaciones de los funcionarios?

Las evaluaciones de desempeño de los empleados de la administración pública son una herramienta que permite medir el grado de cumplimiento de los objetivos y las competencias de trabajador.

Estas evaluaciones se realizan periódicamente, al menos una vez al año, y tienen como finalidad mejorar la calidad del servicio público, reconocer el mérito y la profesionalidad de los funcionarios, y facilitar su desarrollo y promoción profesional.

Desde hace unos días, estos procesos están en boca de todos. Esto se debe a que sus condiciones de aplicación y medición han variado.

En este post, analizaremos en qué consisten esos cambios.

La evaluación del desempeño en el TREBEP

La evaluación del desempeño de los trabajadores del sector público, viene, en primer lugar, regulada en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Según su artículo 20, las Administraciones Públicas establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados.

La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados.

De acuerdo con lo indicado, los sistemas de evaluación del desempeño se adecuarán, en todo caso, a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos.

Así, las Administraciones Públicas determinarán los efectos de la evaluación en la carrera profesional horizontal, la formación, la provisión de puestos de trabajo y en la percepción de las retribuciones complementarias previstas en el artículo 24 del presente Estatuto.

De esta forma, la continuidad en un puesto de trabajo obtenido por concurso quedará vinculada a la evaluación del desempeño de acuerdo con los sistemas de evaluación que cada Administración Pública determine, dándose audiencia al interesado, y por la correspondiente resolución motivada.

En este sentido, la aplicación de la carrera profesional horizontal, de las retribuciones complementarias que se indican en el Estatuto y el cese del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso, requerirán la aprobación previa, en cada caso, de sistemas objetivos que permitan evaluar el desempeño.

Novedades en la evaluación de desempeño

Las novedades producidas en la evaluación de desempeño de los trabajadores públicos, vienen recogidas en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

En su Título III se indica que la evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual anualmente se valora la conducta profesional y se mide el rendimiento o el logro de resultados de las empleadas y empleados públicos, con la finalidad de mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos.

Dicha evaluación partirá de la planificación estratégica y tendrá en cuenta los recursos, objetivos y resultados de cada unidad o centro directivo como marco de valoración objetiva y objetivable

En este sentido, y según los nuevos criterios, la evaluación del desempeño tendrá que contribuir necesariamente a:

  • La consecución de los objetivos estratégicos de cada unidad y la motivación de las personas mediante su implicación en la consecución de los mismos.
  • El fomento del trabajo en equipo y las relaciones transversales e interorgánicas.
  • El desarrollo y promoción profesional de las empleadas y empleados públicos.
  • La mejora de la comunicación e intercambio de información.
  • La adquisición de nuevas competencias profesionales, mediante la identificación de las necesidades de formación y capacitación de las empleadas y empleados públicos.
  • La innovación y mejora continua de los procedimientos.

Efectos de la evaluación de desempeño

Los resultados de la evaluación del desempeño tendrán efectos en las siguientes materias:

  • Percepción de retribuciones complementarias de carácter variable, en los términos previstos en este real decreto-ley o en el convenio colectivo de aplicación.
  • Progresión en la carrera profesional.
  • Criterios para la provisión de puestos de trabajo.
  • Continuidad en el puesto de trabajo.
  • Valoración de las necesidades formativas, incluyendo aquéllas que hayan de ser ofertadas a las empleadas y empleados públicos con carácter obligatorio, e incentivando la participación en acciones formativas voluntarias.

La evaluación del desempeño positiva de cada período evaluado se tendrá en cuenta en la valoración del mérito de experiencia en los procesos de selección y provisión y para su aplicación en la progresión en los tramos de la carrera profesional horizontal.

Asimismo, servirá para la identificación de necesidades formativas, la promoción de la participación en las mismas, y la determinación del complemento de desempeño.

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